domingo, 9 de noviembre de 2008

La traducción en la Unión Europea

El organismo que se encarga de regular todo lo relacionado con los servicios de traducción en la Comisión Europea es la Dirección General de Traducción o DGT, cuya página web es la siguiente:
http://ec.europa.eu/dgs/translation/

La DGT está formada por 1750 lingüistas y un personal de apoyo de 600 personas distribuidos entre Bruselas y Luxemburgo. Están organizados en departamentos, uno por cada una de las veintitrés lenguas oficiales de la Unión Europea (UE)

Su tarea principal consiste en hacer frente a las necesidades de traducción de la Comisión y en facilitarle una asistencia lingüística en la comunicación escrita.

Los tipos de documentos con los que se trabaja son de naturaleza muy diversa: textos legislativos, documentos político, la correspondencia con ciudadanos, asociaciones y empresas, los sitios Internet, los comunicados de prensa, los discursos, los documentos generales de caracter jurídico, técnico, financiero, científico y económico, etc.

La DGT no traduce para terceros, ya que cada institución comunitaria dispone de su propio servicio de traducción y las agencias de la Unión Europea comparten los servicios de un Centro de Traducción. Al ser parte de una administración pública con obligación de imparcialidad, nunca traducen para entidades externas.

En la Unión Europea hay 23 lenguas oficiales de trabajo: alemán, búlgaro, checo, danés, eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés, griego, húngaro, inglés, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano y sueco.

La Unión Europea tiene el deber de comunicarse con sus ciudadanos y con los Gobiernos de los Estados miembros en sus respectivas lenguas. Como la legislación comunitaria afecta a todos los ciudadanos de la UE, debe estar disponible en todas las lenguas oficiales, de modo que puedan entenderla tanto los ciudadanos como los tribunales. El régimen lingüístico de la UE se basa en la norma legislativa más antigua de la Unión: el Reglamento nº1 del Consejo de 1958.

Cada Estado miembro decide la lengua o las lenguas que desea utilizar oficialmente en el contexto de la Unión. Cualquier modificación del régimen actual debe ser aprobada por unanimidad por los representantes de todos los Estados miembros en el Consejo de la Unión Europea.

Sin embargo, no se traducen todos los documentos de la Comisión a todas las lenguas. Solo los actos legislativos y los documentos que revisten gran importancia o interés para el público. Otros documentos, como las comunicaciones con las autoridades nacionales, correspondencia, etc., se traducen a las lenguas estrictamente necesarias. En los documentos internos, la comisión emplea 3 lenguas de procedimiento: alemán, francés e inglés.

La DGT logra hacer frente al volumen de trabajo gracias a la adopción de una estrategia de traducción en 2004, que se hizo definitiva en 2006, en la que se fijó una extensión máxima para los documentos que pueden enviarse a la traducción y se definieron prioriodades en cuanto a los documentos que podían traducirse, atribuyéndose la máxima prioridad a los textos legislativos.

Los documentos urgentes se traducen siempre dentro de la Comisión. En 2007, la DGT realizó más del 76% de las traducciones y el resto se confió a la traducción externa (particulares y agencias de traducción) que han superado las convocatorias de propuestas para trabajar con la Comisión. Son las llamadas licitaciones.

Los traductores permanentes deben superar una oposición específica. Estas oposiciones se anuncian en el Diario Oficial de la Unión Europea, en la página web de la Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas o EPSO
Pueden presentarse a una oposición para una de las lenguas oficiales los candidatos que tengan la nacionalidad de un Estado miembro, estén en posesión de un título universitario (no es obligatorio que sea en lenguas), dominen perfectamente una de las lenguas oficiales de la UE (su lengua materna, generalmente) y tengan un conocimiento profundo de al menos otras dos.

La DGT ofrece períodos de prácticas dirigidas a aquellos licenciados que deseen adquirir experiencia profesional en el ámbito de la traducción. Los candidatos a estos períodos de prácticas deben poseer un título universitario de primer ciclo y ser capaces de traducir a su lengua materna a partir de otras dos lenguas oficiales de la Unión Europea. Por otra parte, debe ser su primer período de prácticas en una institución o un órgano comunitario. las prácticas pueden ser remuneradas o no remuneradas y su duración oscila entre 3 y 6 meses.

Se pueden realizar visitas organizadas a la DGT en grupos de 6 o más personas. Cada visita se adapta al perfil de los miembros del grupo y las presentaciones se hacen en su lengua materna o en una lengua que comprendan. No obstante, los gastos de desplazamiento, alojamiento y estancia corren a cargo de los visitantes.

En cuanto a la inversión en traducción para la Comisión se estima que en 2006, el coste de las actividades de traducción ascendió aproximadamente a 280 millones de euros. El coste de todos los servicios de traducción e interpretación de las instituciones de la UE ascendió a 1100 millones de euros, menos del 1% del presupuesto total de la Unión.

Prácticas de traducción en el Parlamento Europeo

Prácticas de traducción en la Comisión Europea

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